Esta semana celebramos el IV Congreso Nacional de Contratación Electrónica, que tengo el honor de codirigir como Director Académico de la European Vortal Academy.
En la actualidad, nos encontramos ante un panorama legislativo marcado por la denominada “Estrategia Europa 2020”, dentro de la cual, la contratación pública desempeña un papel clave, puesto que se configura como uno de los instrumentos basados en el mercado interior que deben ser utilizados para conseguir un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, garantizando al mismo tiempo un uso con mayor racionalidad económica de los fondos públicos.
Los objetivos que inspiran la regulación contenida en la nueva Ley son, en primer lugar, lograr una mayor transparencia en la contratación pública, y en segundo lugar el de conseguir una mejor relación calidad-precio. Y uno de sus núcleos transversales son las comunicaciones y la licitación electrónica.
Índice de Contenidos
Con motivo precisamente de ello, la obra que presento a continuación está pensada como un instrumento que dota al usuario de un código electrónico-práctico en el que podrá encontrar desde las novedades legislativas que debe incorporar a sus pliegos y actuaciones administrativas, hasta todas las claves precisas que le hagan entender y permitir aplicar en sus organizaciones la contratación pública electrónica obligatoria de una manera correcta, práctica, sencilla y eficaz; afrontando estos nuevos retos acompañado de un manual que le aportará además la seguridad de unos diagramas de flujo que le ayudarán a entender el nuevo procedimiento de contratación pública y de formularios de contratación que le facilitarán o le darán el trabajo administrativo ya hecho u orientado. En definitiva, nos encontramos ante una herramienta práctica y de gran utilidad para todos los operadores de la contratación pública.
Ley novedosa
La ley es novedosa, novedosa por las nuevas figuras que aporta y la eliminación de otras.
Nos encontramos con la desaparición de figuras jurídicas como pueden ser el contrato de gestión de servicios públicos o el de colaboración público-privada, con la desaparición de procedimientos como el negociado sin publicidad por razón de la cuantía y la creación de otros como el de asociación para la innovación, el procedimiento simplificado o el denominado ya como supersimplificado; con viejos principios generales sacados de nuevo a flote al incorporarlos al Derecho positivo de la contratación pública, como el principio general de integridad; o con prácticas que ahora se normalizan con la figura de las consultas preliminares.
Son simples ejemplos, ya que hay muchos otros como pueden ser la necesaria programación o la nueva gobernanza, que aumentan el control y las obligaciones de información.
Novación en la regulación existente
También nos encontramos con cambios que suponen una novación en la regulación ya existente: solvencia, perfil de contratante, ámbito subjetivo, prohibiciones de contratar, uso de cláusulas sociales y medioambientales, innovación, tipos contractuales, concesiones de servicios, riesgo operacional, duración de los contratos, el responsable del contrato, división en lotes, encargos de gestión y convenios, importantes novedades en la figura del contrato menor, la contratación pública electrónica obligatoria y un largo etcétera.
Imprescindible profesionalización
Un suma de novedades imposibles siquiera de citar en unas breves líneas, que exige de una vez por todas una imprescindible profesionalización de todos aquéllos que intervienen en la contratación administrativa, del Sector Público y Privado; tal y como hace tiempo viene ya demandando la Unión Europea.
Profesionalizar la contratación pública y lograr la verdadera independencia de los empleados públicos son dos requisitos indispensables para lograr esa mejora del sistema de contratación pública.
Fomento del acceso de las pymes a la contratación pública
La nueva Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público rehúye de las figuras del monopolio y el oligopolio, fomentando la concurrencia y el acceso de las pymes a la contratación pública, simplificando los procedimientos o introduciendo la contratación pública electrónica obligatoria. Además, esta norma se aleja de la arbitrariedad, apostando por una mayor discrecionalidad técnica al amparo de criterios sociales, medioambientales, de innovación y desarrollo, en aras de una mayor objetividad, motivación y justificación de las decisiones. Y lo logra, sobre todo, al eliminar figuras de contratación directa encubierta —como el procedimiento negociado sin publicidad por razón de la cuantía— o al regular con mayor rigor otras, como el contrato menor.
Mayor transparencia
También apuesta por una mayor transparencia, aumentando las obligaciones de publicidad activa y los controles. De hecho, se crean nuevos órganos de control y se recogen modificaciones importantes en el régimen recursivo específico de esta materia transversal de la actividad administrativa que son los contratos públicos. Y es que, entre los objetivos de esta nueva ley, destacaría los que pretenden:
- Lograr una mayor transparencia en la contratación pública.
- Conseguir una mejor relación calidad-precio.
- Simplificar los trámites.
- Mejorar el acceso para las pymes.
- Diseñar un sistema de contratación pública más eficiente, transparente e íntegro.
- Aclarar las normas vigentes y conseguir que se utilice la contratación pública como instrumento para implementar las políticas en materia social, medioambiental, de innovación y desarrollo, y de defensa de la competencia.
Todas estas cuestiones son los verdaderos objetivos de esta ley, una norma que persigue en todo momento la eficiencia en el gasto público y el respeto a los principios de igualdad de trato, no discriminación, transparencia, proporcionalidad e integridad. Este último aspecto específicamente pensado para luchar contra la corrupción y prevenir los conflictos de intereses, donde también debe jugar un papel estelar la contratación pública electrónica.
Oficina Independiente de Regulación y Supervisión de la Contratación
Pero para todo lo anterior, esta nueva norma nos presenta un sistema de contratación pública, formado por más de 400 preceptos principales de la norma (sólo articulado y disposiciones adicionales), acompañado de reglamentos todavía en vigor y ahora de instrucciones de la OIReScon. Un sistema, como vemos, muy aclarador de las normas vigentes.
Es ante retos como este en donde tiene que primar el capital humano y la profesionalización de la contratación administrativa.
Licitación electrónica: libro Código Electrónico práctico de la LCSP
Es por ello que iniciativas como la crear y publicar el primer código electrónico práctico de la nueva LCSP, deben ser objeto de una valoración muy positiva.
Este libro está pensado en su totalidad con la finalidad de dotar a los operadores, públicos y privados, de un utensilio de trabajo diario. Para ello el libro se divide en tres partes claramente diferenciadas:
Parte I, formada por tres capítulos, en la que se contiene un código práctico de aplicación de la Ley y hacemos hincapié en la palabra aplicación.
Parte II, compuesta por cuatro capítulos que constituyen la parte referida al código electrónico.
Parte III, formada por los Anexos.
Agradecimientos
De este modo y antes de centrarnos en los capítulos, hay que decir y agradecer la labor del prólogo de este libro, que ha tenido a bien realizar el ilustre administrativista José Antonio Moreno Molina, uno de los mayores expertos en materia de contratación administrativa que tenemos en nuestro país.
Agradecimiento lógico que hago extensivo a los autores al haberse sumado a este proyecto -José Luis Arístegui, Julián de La Morena y Jorge Fondevila-.
Parte I · Capítulo I
Prestando ya la atención debida a los capítulos, el Capítulo I está dedicado a las novedades de impacto en la nueva Ley de Contratos del Sector Público, con la intención de iniciar el carácter didáctico de este libro con un primer capítulo en el que se analicen novedades de la LCSP.
Parte I · Capítulo II
En el Capítulo II presentamos lo que creemos una verdadera innovación que no encontraremos en otros libros de contratación, al menos no en la mayoría. Aportamos desde una visión completamente práctica cuál es el diagrama de flujo del procedimiento de contratación pública en su fase de adjudicación, aportando una visión esquematizada de este nuevo procedimiento.
El presente capítulo se convierte de este modo en una herramienta de trabajo del día a día de cualquier gestor público o privado de la contratación pública, aportando una visión esquematizada de este nuevo procedimiento tanto para el más avezado en la materia como para el más neófito en la misma.
Además este capítulo está en íntima correlación con el siguiente, de forma que todos los actos y trámites del procedimiento de adjudicación se ven desarrollados mediante formularios específicos en el capítulo siguiente de esta obra.
Parte I · Capítulo III
De este modo y dentro de la parte I del libro y de este código práctico, el Capítulo III proporciona como material de extraordinario valor práctico una suerte de formularios y documentos del nuevo procedimiento contratación pública totalmente adaptados a la nueva regulación, con importantes mejoras e innovaciones, buscando así facilitar el trabajo y la labor diaria de las personas responsables de la preparación y adjudicación del expediente de contratación.
Parte II · Capítulo IV
Dando comienzo a la Parte II, referida al código electrónico, encontramos un primer capítulo, el Capítulo IV, que nos ofrece todas las claves jurídicas de la contratación pública electrónica que ha devenido obligatoria, abarcando así las obligaciones referidas a fecha de implantación, comunicaciones y notificaciones, presentación de ofertas y proposiciones, etc.
Parte II · Capítulo V
El Capítulo V, elaborado por Jorge Fondevila Antolín, aborda también cuestiones del mayor interés que todo operador público de la contratación administrativa deberá tener presente a la hora de implantar la contratación electrónica, y es que la seguridad de la información y la protección de datos en las plataformas de contratación electrónica «cloud computing» es algo que se debe tener muy presente en la solución elegida para cumplir así todos los requisitos exigidos por el régimen jurídico aplicable a dichas plataforma de licitación electrónica, por lo que este capítulo nos aporta todas las características técnicas requeridas al respecto.
Parte II · Capítulo VI
Para mayor abundamiento en la cuestión el Capítulo VI aporta una serie de recomendaciones de carácter práctico, fruto de una amplia experiencia en el sector de José Luis Arístegui Carreiro, acerca de cómo llevar a cabo de una forma óptima la implantación de la contratación pública electrónica en el seno de una organización y todo ello basándose en dos parámetros fundamentales: la gestión del cambio y el soporte.
Parte II · Capítulo VII
Fruto también de esta experiencia, se contienen en el Capítulo VII el estudio de casos de éxito en contratación electrónica con el objetivo de recoger las principales magnitudes y aspectos relevantes de la implantación y uso de la contratación electrónica en diferentes entidades públicas nacionales e internacionales, sirviendo como ejemplo palpable de las posibilidades y beneficios que la contratación electrónica puede aportar de aquí en un futuro en todas aquéllas organizaciones que por obligación legal la implanten.
Parte III · Anexos
La última y tercera parte está formada por tres anexos:
- El I comprende el texto de la Ley de Contratos del Sector Público, como no podía ser de otro modo en un libro de estas características, con el fin de tener todo el material objeto de trabajo y consulta en un solo cuerpo físico.
- El Anexo II es una tabla analítica de la contratación pública electrónica de la LCSP, en la que se recogen por materias y preceptos todas las referencias legales a la cuestión.
- El tercer y último anexo es otra tabla que contiene igualmente un índice de preceptos de la nueva Ley referido a materias relacionadas con la contratación electrónica, básicamente referencias a sistemas dinámicos de adquisición y a Internet en la nueva Ley.
Concluyendo
Ante esos nuevos retos, el presente libro está concebido como una herramienta de trabajo que facilita la labor y la gestión diaria de la contratación pública, realizado por expertos en la materia que conocen la misma desde una visión no sólo teórica, sino eminentemente práctica.
En definitiva y si se me permite la afirmación, como Director de esta obra, creo sinceramente que estamos ante un trabajo profesional, realizado por expertos que atesoran años de experiencia práctica en la materia, avalado también por una extensa formación de dichos autores, y sobre todo estamos ante una obra única en el mercado, por su enfoque, por su contenido y por su carácter eminentemente práctico, pensado única y exclusivamente con el fin de servir de herramienta de consulta y ayuda al gestor de la contratación pública. Una herramienta, en suma, ideada para estar acompañándole permanentemente en su mesa de trabajo.
Consultor Experto en Contratación Pública
Profesor Universidad Acreditado Derecho Administrativo
Funcionario de carrera en excedencia
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